
Desde que se hizo pública citada sentencia, UGT solicitó en los medios el cambio interpretativo de Hacienda y que se devolvieran de oficio las cantidades retenidas. En base a esa sensibilidad en temas de Igualdad y Conciliación UGT en Murcia, de acuerdo con la Asesoría Jurídica del Sindicato, nos envía correo que os hacemos seguir, por si fuera de vuestro interés:
“Estimados compañeros:
El pasado mes de julio se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid, interpretando el art. 7 h) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
En dicha sentencia, el Tribunal obliga a Hacienda a devolver el importe correspondiente de la declaración del IRPF efectuada en relación con la prestación de maternidad que había solicitado una trabajadora, al declarar que la prestación por maternidad y paternidad debe estar exenta de tributación del impuesto.